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Poderes del Estado

11 años > Historia y Geografía > Organización política de Chile

1- Poderes del Estado

El Estado debe organizarse de tal manera que no olvide su objetivo principal, que es servir a todos los miembros de la Sociedad.En esto, resulta fundamental el respeto al principio  de la separación de los poderes, que son tres:

– Ejecutivo
– Legislativo
– Judicial

 

 

2- Poder Ejecutivo

Es el encargado de administrar el Estado.

En nuestro país este poder está radicado en el Presidente de la República, en su calidad de Jefe de Estado, de acuerdo a la Constitución de la República. Su autoridad alcanza, además, a “la conservación del orden público en el interior y la seguridad externa de la República, de acuerdo a la Constitución y las leyes". (Artículo 24).

A través de estas funciones de gobierno y funciones administrativas del Presidente de la República, el Estado establece políticas y cuenta con organismos para satisfacer necesidades públicas tales como la educación, la salud, el orden interno, la conducción económica, la defensa nacional, entre otras.

Para ser elegido Presidente se requiere: Tener nacionalidad chilena, tener cumplidos 35 años de edad y poseer las demás cualidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio.
 
El Presidente de la República durará 4 años en el cargo y no puede ser reelegido para el período siguiente. Las elecciones serán directas por mayoría absoluta de sufragios (50% + 1 voto como mínimo). Si ningún candidato obtuviese mayoría absoluta, se procederá a una nueva elección entre los que obtuvieron las votaciones más altas. El Presidente de la República tiene la obligación, una vez al año, de dar cuenta de la situación política y administrativa del país (esta cuenta pública se realiza por tradición el día 21 de mayo de cada año).

 

a) Las funciones de gobierno:
El gobierno dirige la administración del país. Ejecuta y vela por el cumplimiento de las leyes aprobadas en el Parlamento, atiende todos los asuntos de la política interna  y conduce al país en la política internacional. Gobernar es dirigir, impulsar.

Para el ejercicio de la función ejecutiva, el Presidente de la República cuenta  con órganos de Gobierno, como son los Intendentes y Gobernadores.
 

b) Las funciones administrativas:
La función de administrar, en cambio, tiene por objeto la aplicación  o cumplimiento de las medidas de Gobierno, o sea, más concretamente, la atención de los Servicios Públicos destinados a concurrirá la ejecución del pensamiento del Gobierno de turno, a la aplicación de las leyes de interés general. Administrar es ejecutar, obrar.

Para el ejercicio de esta función, el Presidente cuenta con organismos de administración: Ministerios, servicios públicos centralizados o dependientes y descentralizados.

 

3- Poder Legislativo

Su tarea es elaborar  y aprobar las leyes que rigen en el  país ejercer la representación de la ciudadanía y controlar al ejecutivo. Está representado por el Congreso Nacional, este es bicameral, o sea,  está integrado por dos cámaras: la  Cámara de Diputados y la de Senadores, quienes legislan a partir de su propia iniciativa o de la del Presidente de la República.

Por medio de esta función, el Estado dispone de un marco legal regulatorio. Las leyes no constituyen un fin en sí mismas, sino que tienen un papel instrumental para el cumplimiento de los objetivos básicos de bien común y de satisfacción de las necesidades públicas.

Dentro de las atribuciones del Congreso se encuentran:

– Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presentare el Presidente antes de su ratificación.

– Pronunciarse respecto del Estado de Sitio y asamblea cuando el Presidente de la República lo solicitare.

 

3.1- Cámara de diputados
Se integra por 155 miembros elegidos en votación directa por los distritos electorales, permanecen cuatro años en su cargo y se renueva íntegramente cada cuatro años.

Para ser elegido se requiere: 

– Ser ciudadano con derecho a sufragio.

– Haber cursado la Enseñanza Media o su equivalente.

– Tener cumplidos los 21 años de edad.

– Tener residencia en la región a que pertenezca el distrito electoral al cual postula, a lo menos dos años antes de la elección.

Dentro de las atribuciones que posee, están: Fiscalizar los actos de gobierno, para lo cual puede sugerir observaciones y solicitar antecedentes al Gobierno.

 

3.2- Senado
Se compone de 43 miembros elegidos en votación directa por circunscripciones electorales en consideración a las quince regiones del país. Cada región será una circunscripción, excepto, en cinco de ellas, que serán divididas en dos circunscripciones cada una (V, RM, VII; VIII; IX). Cada circunscripción elige dos senadores.

Durarán 8 años en sus cargos y deben cumplir con los siguientes requisitos:

– Ser ciudadano con derecho a sufragio.

– Haber cursado la Enseñanza Media o su equivalente.

– Tener cumplidos treinta y cinco años de edad, al día de la elección.

Dentro de las atribuciones que posee, están:

– Conocer las acusaciones que formulare la Cámara de Diputados en contra de las autoridades que corresponden.

– Otorgar la rehabilitación de la ciudadanía a quienes la hubieren perdido por condena o pena aflictiva.

– Presentar su consentimiento a los actos del Presidente de la República que lo requieran.

– Declarar la inhabilidad del Presidente de la República en caso de impedimento físico o mental.

 

4- Poder Judicial

Su rol es ejercer la justicia, de acuerdo con la ley y controlar al ejecutivo. Está integrada  por los Tribunales de Justicia siendo el principal de ellos la Corte Suprema.

Algunos tribunales están dedicados a los juicios civiles y otros, a los juicios  criminales; se estructuran en órganos colegiados: Corte Suprema  de Justicia (ubicada en Santiago y compuesta por 21 miembros) y Cortes de Apelaciones (son 17 en todo el país y con un número variado de miembros) , y órganos unipersonales: Juzgados de Letras (en cada comuna debe haber a lo menos un juzgado). Todos estos conforman el Poder Judicial.

Nombramiento de los miembros del Poder judicial:

a) Corte Suprema: Los Ministros y Fiscales de la Corte Suprema serán nombrados por el Presidente de la República eligiéndolos de una quina que, en cada caso, propondría la misma Corte, el acuerdo del Senado y adoptado por los dos tercios de sus miembros en ejercicio.

b) Corte de Apelaciones: Los Ministros  y Fiscales de las Cortes de Apelaciones serán nombrados por el Presidente de la República de la terna que presente la Corte Suprema.

c) Los Jueces de Letras: Son nombrados por el Presidente de la República de la terna que presente la Corte de Apelaciones respectiva.

Los Ministros de Corte, los Fiscales y Jueces cesarán en sus cargos al cumplir setenta y cinco años de edad.

 

El poder ejecutivo posee también algunas facultades judiciales como el derecho a indulto.

Mediante esta función el Estado aplica la ley, resolviendo conflictos o controversias que se susciten entre los particulares  o entre los particulares y el Estado, determinando sanciones a quienes la infrinja, así como reconoce o protege derechos para asegurar su ejercicio.

Estos tres poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, son ejercidos por titulares distintos, lo que garantiza la independencia de cada uno, existen medios de fiscalización y control mutuo para evitar posibles abusos.  

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Fecha de publicación: 05/14/2024

Última edición: 05/20/2024

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